El objetivo de esta ley es garantizar el derecho que tienen todos los ciudadanos ecuatorianos a que se resguarden sus datos personales, a poder acceder libremente a dicha información y a decidir sobre ella. Para esto, la Ley “regula, prevé y desarrolla principios, derechos, obligaciones y mecanismos de tutela”.
Cuatro conceptos básicos que debes entender primero
Dato personal: son todos los datos que identifican o permiten identificar a una persona natural (no empresa) de manera directa o indirecta.
Titular: es toda personal natural (no empresa) con datos sujetos a tratamiento.
Tratamiento: es el uso de datos de personas naturales de cualquier forma, automatizada, semi automatizada o no automatizada, que implica la recogida, registro, organización, conservación, custodia, adaptación, modificación, eliminación, indexación, extracción, consulta, elaboración, utilización, posesión, aprovechamiento, distribución, cesión, comunicación o destrucción de dicha información.
Consentimiento: es cuando el titular (persona natural) manifiesta con voluntad libre e informada la autorización para que sus datos sean tratados por un responsable. Por ejemplo, si eres clientes de Banco Pichincha, autorizas a la entidad a tratar tus datos personales.
Los nuevos retos que impone la ley de protección de datos personales a empresas y organizaciones son de variado alcance y complejidad y es por ello que se ha previsto que el régimen sancionatorio incorporado en la ley entre en vigencia dos años después de su promulgación, a efectos de una correcta adaptación a las nuevas exigencias que plantea la norma.
El no hacerlo implicaría, por un lado, que se constituyan en infractoras para los efectos que plantea la ley, sobre todo en caso de reincidencias y agravantes y, en segundo lugar, por cuanto, en caso de incumplimientos, los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos y, así mismo, buscar el resarcimiento de los daños y perjuicios que se les pueda causar, a través de las instancias judiciales pertinentes, sin considerar la responsabilidad penal por delitos que, sobre la materia, están vigentes en nuestra legislación.
Ecuador definitivamente ha ganado con una ley de protección de datos, que, aunque con algunos defectos que deberán ser corregidos, constituye un gran paso para la transformación digital.
La ley protege al ciudadano que es el deber natural y propio de un Estado; luego, define una serie de reglas claras que deben ser cumplidas por todos, lo cual otorga seguridad jurídica; de igual manera obliga a los actores, empresas, organizaciones, instituciones públicas, a redefinir y mejorar sus procesos en esta materia, en beneficio de una cultura de protección de datos; permite un mayor flujo de información de datos personales, de forma segura y controlada; plantea menores barreras de entrada a mercados internacionales; facilita las transacciones entre empresas de distintos países.
En conclusión, Ecuador se convierte en un destino seguro para receptar datos personales, lo cual es muy importante en la era de la información que actualmente vivimos; es decir, desde todo aspecto, nuestro país se beneficia con la ley. Ahora, todo depende de nosotros, de la madurez con que la adoptemos y cumplamos.
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